Micelio
Auto5 de septiembre de 2013

A- de 2013

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Jose Miguel Melendez Vega Vs Superintendencia Financiera Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
Conflicto De Competencia
  • Remisión expediente a quien se repartió en primer lugar
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

La acción de tutela le correspondió a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Valledupar, quien decidió remitir el expediente a la Oficina Judicial de esa ciudad con el objeto de que se repartiera entre los jueces del circuito, tras considerar que estos jueces eran competentes para asumir el asunto, toda vez que la entidad demandada hace parte del sector descentralizado por servicios de la Rama Ejecutiva en el orden nacional.

El Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Valledupar no acogió los argumentos del Tribunal y decidió devolver a dicha corporación el expediente de tutela.

El Tribunal Superior de Valledupar no compartió la decisión del Juzgado y decidió devolverle la solicitud de amparo.

La Corte Constitucional, luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela decide el asunto ordenando remitir el expediente al Tribunal Superior de Valledupar, Sala Civil Familia, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.

Se advierta a esta autoridad judicial que deberá observar estrictamente la jurisprudencia de la Corporación sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Tribunal Superior de Valledupar, Sala Civil-Familia, el 26 de julio de 2013.
  2. Segundo. REMITIR al Tribunal Superior de Valledupar, Sala Civil- Familia, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por el senor Jose Miguel Melendez Vega contra la Superintendencia Financiera de Colombia y otros, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Tribunal Superior de Valledupar, Sala Civil-Familia que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte, sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
  4. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Valledupar, la decision adoptada en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.